Términos y condiciones

Seguro de protección accidental – Defensa

  1. Actores del seguro

    Tomador:
    Banco Popular S.A.
    NIT 860.007.738-9.
    Aseguradora:
    Seguros de Vida Alfa S.A. NIT 860.503.617-3
    Asegurado:
    Banco Popular S.A.
  2. Beneficiarios:

    Persona o entidad autorizada por parte del asegurado para recibir beneficios y pagos correspondientes en caso de reclamación.

    Para la cobertura de Muerte accidental e Indemnización adicional por muerte accidental como pasajero: los beneficiarios designados o en su defecto los de ley.

    Para las coberturas de Incapacidad total temporal accidental, Incapacidad total permanente accidental, Renta por hospitalización accidental, Renta por hospitalización UCI accidental, y desmembración: el asegurado.

  3. Interés asegurable:

    Incapacidad total temporal por accidente: en esta cobertura el interés asegurable lo tiene el asegurado frente a su propia vida y en su patrimonio. Podrás afectar esta cobertura, en caso de que te sea prescrita una incapacidad total temporal por causa de un accidente durante la vigencia del seguro.

    Incapacidad total y permanente accidental: en esta cobertura el interés asegurable lo tiene el asegurado frente a su propia vida y en su patrimonio. Podrás afectar esta cobertura en caso de que le sea dictaminada una incapacidad total permanente accidental.

    Muerte accidental: en esta cobertura el interés asegurable lo tiene el asegurado frente a su propia vida. El/los beneficiario(s) podrá(n) afectar esta cobertura cuando fallezcas a causa de un accidente y existan terceras personas con la calidad de beneficiarios designados o de ley.

    Renta por hospitalización accidental: en esta cobertura el interés asegurable lo tiene el asegurado frente a su propia vida y en su patrimonio. Podrás afectar esta cobertura en caso de que durante la vigencia de la póliza seas hospitalizado a causa de un accidente. El periodo de hospitalización debe ser superior a 24 horas.

    Renta por hospitalización accidental UCI: en esta cobertura el interés asegurable lo tiene el asegurado frente a su propia vida y en su patrimonio. Podrás afectar esta cobertura en caso de que durante la vigencia de la póliza seas hospitalizado por un accidente en una Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). El periodo de hospitalización debe ser superior a 24 horas.

  4. Edad de Ingreso y Permanencia

    Edad mínima: 18 años.

    Edad máxima: 60 años + 364 días.

    Edad máxima de permanencia: 64 años + 364 días.

  5. Coberturas

      1. Incapacidad total temporal por accidente:

        ¿Qué te cubre? Recibirás el pago de tu indemnización, equivalente al número de cuotas que correspondan según el número de días de la incapacidad, si eres incapacitado(a) temporalmente por accidente.

        DÍAS DE INCAPCIDAD NÚMERO DE PAGOS
        15-89 1 pago
        90 en adelante 1 pago adicional
      1. Incapacidad total y permanente accidental:

        ¿Qué te cubre? Recibirás el pago del valor asegurado si tienes una incapacidad permanente a consecuencia de un accidente.

        El dictamen que pruebe la incapacidad permanente debe ser emitido por la EPS, ARL, Colpensiones, Junta Regional o Nacional de Calificación de Invalidez.

        La calificación de pérdida de capacidad debe ser superior al cincuenta por ciento (50%).

        La fecha que se tendrá en cuenta para el pago de la indemnización será la fecha de estructuración de la incapacidad.

      1. Muerte accidental:

        ¿Qué te cubre? Si durante la vigencia de la póliza mueres a consecuencia de un accidente, se reconocerá a favor de tus beneficiarios designados o los de ley, el pago del valor asegurado.

      1. Desmembración como consecuencia de un accidente

        ¿Qué te cubre? Si durante la vigencia de la póliza sufres una desmembración o pérdida de cualquiera de los órganos relacionados a consecuencia de un accidente, se reconocerá a tu favor el pago del valor asegurado.

        INDEMNIZACIÓN CALIFICACIÓN DE LA DESMEMBRACIÓN
        100% del valor Asegurado
        • Pérdida total e irreparable de la visión.
        • Pérdida total e irreparable de ambos pies, ambas manos, o de una mano y un pie.
        • Pérdida total e irreparable de un ojo junto con la pérdida de un pie o mano.
        • Pérdida de todos los dedos de ambas manos comprendiendo todas las falanges.
        • Pérdida total e irreparable del habla o de la audición.
        60% del valor Asegurado
        • Pérdida de una mano o un pie o de un ojo o de todos los dedos de la mano.
        • Pérdida total e irreparable de la visión por un ojo.
        10% del valor Asegurado Pérdida total e irreparable de una o varias falanges de cualquiera de los dedos del pie o de la mano.
      1. Indemnización adicional por muerte accidental como pasajero de transporte público, transporte comercial o transporte provisto por las fuerzas militares o policía de Colombia:

        ¿Qué te cubre? Si durante la vigencia de la póliza mueres a consecuencia de un accidente ocurrido en transporte público o en transporte proporcionado por las Fuerzas Militares o Policía Nacional en el cual te encontrabas como pasajero, se reconocerá a favor de tus beneficiarios designados o de ley, el pago del valor asegurado.

        El asegurado deberá encontrarse como pasajero de vehículos automotores, aeronaves, medios de transporte marítimos o fluviales operados por una empresa de transporte público, transporte comercial o el proporcionado por las Fuerzas Militares o Policiales de Colombia.

        Si la muerte ocurre como consecuencia de homicidio o terrorismo (“en transporte público, transporte comercial o transporte provisto por las fuerzas militares”) se pagará el cien por ciento (100%) de la suma asegurada. Está condición aplica para miembros de la Policía Nacional o Fuerzas Militares que sean víctimas de homicidio o actos terroristas.

        Se cubren los accidentes que ocurran dentro de la vigencia del seguro, así como, la muerte que ocurra 180 días después a la ocurrencia del accidente.

      1. 5.6 Renta por hospitalización accidental:

        ¿Qué te cubre? Se pagará al beneficiario del seguro una renta diaria por hospitalización, desde el día 02 y hasta por 20 días, si eres internado en una clínica u hospital por accidente.

        Esta cobertura aplica trascurridas 24 horas de hospitalización.

      1. Renta por hospitalización accidental UCI:

        ¿Qué te cubre? Se pagará al beneficiario del seguro una renta diaria por hospitalización, desde el día 02 y hasta por 20 días, si eres es internado en una unidad de cuidados intensivos de cualquier clínica u hospital, por accidente.

        Esta cobertura aplica trascurridas 24 horas de hospitalización.

  6. Exclusiones

    • Exclusiones generales aplicables a todas las coberturas

      Suicidio durante los primeros 180 días.

      Radiaciones ionizantes o contaminación por radioactividad de combustible nuclear o de cualquier residuo nuclear producido por combustión de combustible nuclear, radioactividad, tóxico, explosivo o cualquier otra propiedad peligrosa de un explosivo nuclear o de sus componentes.

      Actos delictivos o contravencionales de acuerdo con la ley penal, en los que participe directa o indirectamente el asegurado. Actos terroristas, conmociones civiles, asonadas, disturbios, guerra declarada o no con otro país.

      Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra.

      • Enfermedades, lesiones, accidentes o eventos padecidos, conocidos o diagnosticados con anterioridad al inicio de vigencia del presente seguro.

  7. Ecosistemas de Servicios

    Como asegurado de SEGUROS DE VIDA ALFA S.A., tienes a tu disposición una plataforma de servicios que te permitirán disfrutar los beneficios que seleccionaste al momento de la suscripción del seguro. El alcance, condiciones y disponibilidad de los servicios del ecosistema estará determinado por la Aseguradora.

    Los servicios los otorgan SEGUROS DE VIDA ALFA S.A., en alianza con Cardif Colombia Seguros Generales S.A. Para mayor información sobre los servicios ingrese a nuestra página web www.segurotesirve.com o comuníquese con nuestras líneas de atención en Bogotá 60 (1) 7455409, Cali 60 (2) 4863029, Medellín 60 (4) 6040151, Barranquilla 60 (5) 3853207, Bucaramanga 60 (7) 6973772 y resto del país 018000940010.

  8. Responsabilidades:

    SEGUROS ALFA S.A. asume exclusivamente la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el presente contrato frente al consumidor financiero. Dado lo anterior, toda diferencia sobre cualquier aspecto del seguro por parte del asegurado, se resolverá entre el mismo asegurado y la Aseguradora, sin responsabilidad alguna del BANCO POPULAR S.A. Este producto es ofrecido por la red del BANCO POPULAR S.A limitándose única y exclusivamente al correcto cumplimiento de las instrucciones debidamente impartidas por BANCO POPULAR S.A. para la prestación del servicio en dicha red. El BANCO POPULAR S.A. no actúa como intermediario de seguros ni como compañía Aseguradora.

  9. Vigencia del seguro y forma de pago del seguro:

    1. La vigencia y el recaudo de la prima del seguro será única.

      La vigencia iniciará en la fecha y hora del desembolso del crédito y terminará con el vencimiento del plazo inicialmente seleccionado en el presente certificado o con el cumplimiento de cualquiera de las causales de terminación. En caso de que el crédito no sea desembolsado, el seguro no entrará en vigencia.

      La prima corresponderá al resultado de multiplicar, el valor del plan contratado por la duración de vigencia del seguro.

      La vigencia del seguro terminará por cualquiera de las causales de terminación del seguro. Si el cliente realiza el pago en un plazo inferior al inicialmente pactado, podrá:

        a. Continuar con el seguro hasta el plazo inicialmente seleccionado en el presente certificado individual de seguro, donde el reconocimiento y pago de la indemnización se realizará directamente al asegurado.

        b. Cancelar el seguro, momento en el cual procederá la devolución de las primas no devengadas (calculadas a prorrata desde la fecha del pago del crédito hasta la fecha de vencimiento).

        Nota: Cuando se presenten modificaciones de plazo y monto del crédito original, la prima y la vigencia del seguro no se verán afectadas.

      El recaudo de la misma se efectuará al momento del desembolso del crédito y el cliente lo verá reflejado en el extracto de su cuenta de ahorros o corriente.

  10. Causales de terminación del seguro:

    El seguro podrá terminar por cualquiera de las siguientes causas:

    Revocación unilateral, mediante noticia escrita o verbal de parte del asegurado, para ello será necesario que dirijas a SEGUROS DE VIDA ALFA S.A. tu solicitud de revocación a través de los canales de atención expuestos en la sección “Atención al Consumidor Financiero”. La revocación se hará efectiva a partir de la solicitud de cancelación y el cliente tendrá derecho a la devolución de la prima no devengada, la cual se calcula a prorrata desde la fecha de solicitud de la cancelación hasta la fecha de vencimiento del seguro.

    Cuando el asegurado cumpla la edad máxima de permanencia en el seguro.

    Muerte del asegurado.

    Por tratarse de un seguro de vigencia única, la revocación se hará efectiva a partir de la solicitud de cancelación. En todo caso de terminación anticipada del seguro, el cliente tiene derecho a la devolución de la prima no devengada, la cual se calcula a prorrata desde la fecha de solicitud de la cancelación hasta la fecha de vencimiento del seguro.

    Importante: El no pago dentro del mes siguiente a la fecha de cada vencimiento producirá la terminación automática del contrato de seguro en los términos del art. 1152 del código de comercio.

  11. Declaraciones:

    • Declaro que soy mayor de 18 años y menor de 69 años y 364 días.

    • Manifiesto expresamente que previo a la suscripción voluntaria del contrato de seguro, me han explicado de manera completa y suficiente el detalle de las condiciones, coberturas y exclusiones que están contenidas en el condicionado, así como el mecanismo y canales disponibles donde puedo consultarlas en cualquier momento en la ruta http://bseg.co/ seguro1268. De igual forma, declaro que previo a la suscripción del mismo, se proporcionó el espacio para hacer las preguntas correspondientes, obtener una respuesta adecuada y presentar mis comentarios respecto a mi condición del estado del riesgo.

    • Declaro sinceramente, de manera general y espontánea que los hechos y manifestaciones contenidas en este documento que determinan mi estado del riesgo son exactas, completas, verídicas y por lo tanto, cualquier reticencia, error u omisión en la información suministrada, en especial, aquella tendiente a encubrir hechos o circunstancias que impliquen la agravación objetiva del estado del riesgo, tendrá las consecuencias y efectos estipulados en los artículos 1058, 1158 y 1161 del Código de Comercio. He sido informado que en el caso que incurra en reticencia, error u omisión en la información suministrada para la adquisición del seguro, en particular, aquella cuyos hechos o circunstancias que, conocidos por el asegurador, lo hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.

  12. Autorizaciones:

    • Autorizo de manera previa, expresa, informada e inequívoca a SEGUROS ALFA S.A. y SEGUROS DE VIDA ALFA S.A. para dar tratamiento a mis datos personales, incluidos datos sensibles como los relativos a la salud para fines legales, precontractuales, contractuales, poscontractuales y en particular para el desarrollo de procesos de pre venta, venta y post venta del contrato de seguro, tales como siniestro y PQR. Igualmente, autorizo el procesamiento de mis datos, a través de herramientas de tecnología, pudiendo además, transmitir y/o transferir mis datos a nivel nacional y/o internacional, por cualquier medio con el tomador de la póliza, aliados estratégicos, terceros como proveedores tecnológicos, operadores logísticos, reaseguradores, sus filiales, subsidiarias, asociadas, vinculadas, su matriz, controlante o accionistas. Así mismo, acepto que al informarle al asesor el código enviado a mi WhatsApp, autorizo tratar mis datos personales conforme a las finalidades contenidas en la autorización y en la política de tratamiento de datos de SEGUROS ALFA S.A. y SEGUROS DE VIDA ALFA S.A., declaro además, que la información de terceros, la suministro contando con autorización previa para ello, y/o en virtud de mi relación de parentesco, o por disposición judicial, legal o contractual. Entiendo que es facultativo dar respuesta a las preguntas sobre datos sensibles y de menores de edad, además de ostentar los derechos señalados en la Ley 1581 de 2012 y demás normas aplicables, igualmente, reconozco que, en caso de querer ampliar información ligada al tratamiento de mis datos personales, puedo consultar la página web www.segurosalfa.com.co en el enlace “Política de datos”.

    • Autorizo a la Aseguradora o a quien la represente para consultar, procesar, solicitar, tratar, reportar y divulgar ante centrales de información financiera tales como CIFIN-TRANSUNION o cualquier otra entidad, que tenga por objeto la administración de bases de datos para que puedan consultar mi información personal, comercial, crediticia y financiera, lo anterior, para fines legales, contractuales, comerciales y de mejoramiento de servicio, así como el de calidad de la data. Doy idéntica autorización respecto de toda la información contenida en el RAIS (Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad), y de la que se encuentra administrada por la Asociación Colombiana de Administradoras Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos) y por las Administradoras de Fondos de Pensiones en las que he estado vinculado.

    • Acepto las condiciones de prima y cobertura del seguro señaladas en el presente certificado individual de seguro.

    • Autorizo al BANCO POPULAR S.A. a efectuar el recaudo de la prima de seguro, la cual se encontrará incluida en la liquidación del valor total del crédito desembolsado. Asimismo, y una vez efectuado el recaudo de la prima, autorizo al BANCO POPULAR S.A. para que efectúe directamente el pago de la misma a SEGUROS DE VIDA ALFA S.A.

    • Autorizo a SEGUROS ALFA S.A. y SEGUROS DE VIDA ALFA S.A. para pedir ante cualquier médico o institución hospitalaria la información que sea necesaria, incluyendo la historia clínica respectiva.

    • Cuando haya devolución de prima no devengada conforme a los términos establecidos en el artículo 1071 del Código de Comercio, al momento de la cancelación autorizo la devolución de los recursos no devengados del seguro o que este valor sea acreditado al producto financiero sobre el cual se realizó el recaudo. En caso de rechazo se abonará a un producto vigente en la entidad financiera. De no haber autorización previa y expresa de una u otra opción, por defecto se me devolverán los recursos de prima no devengada.

    • Autorizo a SEGUROS DE VIDA ALFA S.A. y al BANCO POPULAR S.A., para que por cualquiera de los siguientes medios digitales WhatsApp, Correo electrónico, mensajes de texto y llamada telefónica, me suministren información referente a mi seguro y me contacten para cualquier proceso posventa como la atención de siniestros, PQR, entre otros procesos relacionados con la gestión del presente seguro. En caso de que no desees ser contactado por alguno de los canales antes mencionados, puedes actualizar tus canales de contacto comunicándote a las líneas de atención de la aseguradora o del Consumidor Financiero.

  13. Documentos para la reclamación:

    Para realizar la reclamación corresponde al asegurado y/o beneficiario, demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida conforme a lo previsto por el artículo 1077 del Código de Comercio. Sin perjuicio de la libertad probatoria prevista en la ley, se podrán presentar los documentos mencionados a continuación, así como cualquier otro que consideres pertinente:

    Incapacidad total temporal accidental

    Certificados y exámenes médicos, en original o copia, que acrediten la incapacidad total temporal por más de 15 días calendario. Estos certificados y exámenes deberán ser emitidos por el médico tratante, afiliado a la EPS, ARL, póliza de salud, régimen subsidiado, médico especialista en medicina ocupacional o médico facultado por las fuerzas militares o policía nacional.

    Muerte Accidental e indemnización adicional por muerte accidental como pasajero de transporte público, transporte comercial o transporte provisto por las fuerzas militares o policía de Colombia

    Copia del registro de defunción

    Copia del acta de levantamiento del cadáver o certificación de la Fiscalía que indique fecha, causa de la muerte y los datos del asegurado o certificación médica en donde conste la causa de la muerte.

    Renta por hospitalización accidental y renta por hospitalización UCI accidental

    Copia de la historia clínica donde se evidencie la fecha y duración de la hospitalización.

    Incapacidad total permanente accidental

    Original o copia del dictamen de invalidez de la Junta Regional o Nacional de Calificación en el que conste la causa de la invalidez, porcentaje de invalidez y descripción de disminución.

    Desmembración como consecuencia de un accidente

    Original o copia de la historia clínica completa donde se indique el diagnóstico de desmembración del asegurado o copia de certificados médicos de ingreso a entidad hospitalaria donde certifican la ocurrencia del hecho que origina la desmembración

  14. Pasos para la reclamación:

    1. Completa los documentos.

    2. Remite la documentación por cualquiera de los siguientes medios:

      A través del correo electrónico siniestrosbancaseguros@bancopopular.com.co

      A través de WhatsApp 3125104777

      A través de las oficinas de Banco Popular S.A.

    3. Una vez enviada la documentación completa, nos contactaremos contigo para informarte la resolución del caso.

    Con el objetivo de simplificar el procedimiento para la atención de la reclamación del siniestro, la definición de la reclamación se hará dentro de los 25 días calendario siguientes a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, su derecho ante la aseguradora, esto es, la ocurrencia y la cuantía del siniestro.

    Si da lugar al pago, la aseguradora estará obligada a efectuar el pago de la reclamación dentro de los 25 días siguientes a la fecha en que el asegurado o beneficiario lo acredite. Vencido este plazo, la aseguradora deberá reconocer al asegurado o beneficiario, además del valor a indemnizar, un interés moratorio igual al certificado como bancario corriente por la Superintendencia Financiera de Colombia, aumentado en la mitad.

  15. Renovación del seguro:

    La renovación de la póliza es automática y la vigencia de cada renovación será igual a la inicialmente contratada, la cual está indicada expresamente en la carátula de la póliza y/o certificado individual, sin perjuicio que en cualquier momento y/o antes de su vencimiento, el asegurado a su voluntad manifieste su intención de no renovarla y/o ejercer la facultad de la revocación que tiene el cliente en cualquier momento. En todo caso, si se presenta una modificación en las condiciones de la póliza, SEGUROS DE VIDA ALFA S.A. notificará al asegurado de manera previa, oportuna y completa, con el objetivo que éste pueda evaluar la información suministrada y escoger libremente si desea continuar con la misma o hacer uso de la facultad de revocación que tiene el cliente en cada momento y de la libertad de elección de sus contrapartes.

    La cancelación del seguro voluntario se puede realizar mediante nuestras líneas de atención al cliente:

    60(1) 7455409

    Bogotá

    60(4) 6040151

    Medellín

    60(5) 3853207

    Barranquilla

    60(7) 6973772

    Bucaramanga

    018000 940010

    A nivel nacional

  16. Atención al consumidor financiero:

    Para conocer cómo tramitar cualquier solicitud, ejercer tus derechos para el tratamiento de tus datos personales o interponer una queja o reclamo, por favor comunícate con las líneas de atención al cliente de cada ciudad y/o a nivel nacional desde un teléfono fijo o celular así:

    60(1) 7455409

    Bogotá

    60(4) 6040151

    Medellín

    60(5) 3853207

    Barranquilla

    60(7) 6973772

    Bucaramanga

    018000 940010

    A nivel nacional

    De conformidad con lo establecido en el artículo 1048 del Código de Comercio, tienes derecho a solicitar copia de la póliza y sus condiciones.

    A través del Defensor del Consumidor Financiero, como vocero y conciliador ante las entidades financieras, podrán ser formuladas las quejas respecto al producto y servicio prestados por nuestra compañía de manera gratuita.

    Las quejas serán resueltas dentro del marco de sus funciones, sin que se exija ninguna formalidad adicional a su identificación, datos de contacto y descripción de los hechos y derechos que considere vulnerados.

    Para radicar o conocer el estado de un siniestro, escribanos a la línea de atención:

    WhatsApp

    o comuníquese con nuestras líneas de atención al cliente en cada ciudad y o a nivel nacional.

    Datos del Defensor del Consumidor Financiero:

    Defensor:
    Jose Fernando Zarta

    defensordelconsumidorfinanciero@segurosalfa.com.co / defensordelconsumidorfinanciero@segurosdevidaalfa.com.co.

    Av. Calle 26 No. 59-15, local 63
    Bogotá D.C.

    Defensor
    Luis Fernando Pinzón

    Horario de atención: de lunes a viernes
    8:00 a.m. a 5:00 p.m.

  17. Consentimiento Informado al Cliente

    • Manifiesto que antes de aceptar la suscripción de este seguro, me fueron explicadas: 1) Las características del producto, por lo que conozco y entiendo la obligación legal de declarar sinceramente el estado del riesgo, es decir, todos los hechos o circunstancias que lo determinen. Igualmente que, en caso de faltar a la verdad en dicha declaración, entregar información inexacta, incompleta u omitir hechos relevantes que hubiesen llevado a Seguros Alfa S.A y Seguros de Vida Alfa S.A., a no asegurarme o a hacerlo en condiciones más onerosas. De incurrir en las conductas anteriormente descritas, este seguro estará viciado de nulidad relativa en los términos del artículo 1058 del Código de Comercio. 2) Las coberturas de la póliza, sus amparos, sus exclusiones y su vigencia. 3) Los valores asegurados, el valor del seguro y la forma de pago que estoy autorizando. 4) Los procedimientos, canales y medios que puedo utilizar en caso de solicitar una indemnización, requerir cualquier información, o presentar un requerimiento o queja. 5) Al momento de la revocación unilateral, puedo autorizar que la devolución de la prima no devengada del seguro sea acreditada al producto financiero sobre el cual se realizó el recaudo; en caso de rechazo, se abonará a un producto vigente en la entidad financiera, o al producto financiero que informe al momento de la solicitud de cancelación. 6) Que todas las condiciones del producto y los servicios se encuentran disponibles mediante consulta del código QR, la URL o en la página web de Seguros Alfa S.A. y Seguros de Vida Alfa S.A. 7) Conozco que recibiré por parte de la aseguradora a través de medio físico o digital las condiciones de la póliza contratada en los próximos 15 días.